SAR Honduras y las Pyme. El impuesto con el 8.5%
Utilizando ROP del SAR para sus pagos
Cuando los emprendedores y las pyme, en Honduras interactúan en las redes sociales del SAR, hemos observado que preguntan dónde se verá reflejado el descuento del 8.5% al Impuesto Sobre la Renta (ISR) a pagar, del período fiscal 2019, por medio de este artículo queremos aclarar ese punto, haciéndonos preguntas de la siguiente manera:
Para las personal jurídicas en Honduras.
¿Qué es lo que en la realidad, se está pagando normalmente el 30 de abril de cada año según el SAR y su legislación de impuestos?
Lo que básicamente se paga es, la cuarta cuota de pagos a cuenta,del impuesto que trate.
Respondido lo anterior nos hacemos la siguiente interrogante:
¿Cómo debe entenderse? La parte del artículo 2 del decreto 33-2020, que literalmente dice, ………“podrán gozar de un descuento del 8.5% en el impuesto sobre la renta a pagar del período fiscal 2019, si realizan la presentación de la declaración y el pago de este a más tardar el treinta (30) de abril de 2020”
Pueden leer el decreto integro en este haciendo click aquí
Se entiende que lo que se paga en esa fecha, es la cuarta cuota el 30 de abril en el Recibo Oficial de Pago (ROP), según lo manifestado por dos funcionarios de él SAR de Honduras en Webinar del día 13 de abril trasmitido por Facebook live.
Pueden ver que compartí este Webinar desde nuestra página de Facebook
Concluimos ahora, el impuesto consignado en el ROP donde se aplicará el descuento del 8.5% de descuento, es fundamentalmente lo que el contribuyente paga en el banco, no paga todo el impuesto causado por la renta neta gravable, solo paga el impuesto causado o determinado, menos las tres cuotas de pagos a cuenta, canceladas durante el año 2019 y menos cualquier otro crédito adicional que el contribuyente tenga; en resumen: Impuesto a pagar en ROP = Impuesto determinado 2019 - Pagos a cuenta 2019 - Créditos adicionales
Por lo tanto el 8.5% de descuento no se ve reflejado visualmente en el ROP, ya que este documento no tiene ninguna casilla para descuentos, únicamente se anota el impuesto apagar, ya restado el descuento; posteriormente el SAR lo validará, ya sea en el sistema o cuando usted, genera y sube su declaración, es muy probable que ya lo tengan considerado, en el formulario.
Para las personas naturales en Honduras:
Si tiene pagos a cuenta al impuesto de renta, paga también la cuarta cuota, salvo que tenga cuota única, por el techo de la misma (artículo 34 de la Ley de impuesto sobre la renta en Honduras) la cuota única es aquella cuyos montos anuales de los pagos a cuenta sean inferiores a doscientos lempiras (L 200.00) los acumularán en un sólo pago que deberá efectuarse a más tardar el treinta (30) de noviembre.
Concluimos ahora, el impuesto consignado en el ROP donde se aplicará el descuento del 8.5% de descuento, es fundamentalmente lo que el contribuyente paga en el banco, no paga todo el impuesto causado por la renta neta gravable, solo paga el impuesto causado o determinado, menos las tres cuotas de pagos a cuenta, canceladas durante el año 2019 y menos cualquier otro crédito adicional que el contribuyente tenga; en resumen: Impuesto a pagar en ROP = Impuesto determinado 2019 - Pagos a cuenta 2019 - Créditos adicionales
Por lo tanto el 8.5% de descuento no se ve reflejado visualmente en el ROP, ya que este documento no tiene ninguna casilla para descuentos, únicamente se anota el impuesto apagar, ya restado el descuento, posteriormente el SAR lo validará, ya sea en el sistema o cuando usted, genera y sube su declaración, es muy probable que ya lo tengan considerado, en el formulario.
Para los profesionales independientes:
Si tiene pagos a cuenta, paga también la cuarta cuota, salvo que tenga cuota única, por el techo de la misma (artículo 34 de la Ley de impuesto sobre la renta en Honduras) la cuota única es aquella cuyos montos anuales de los pagos a cuenta sean inferiores a doscientos lempiras (L 200.00) los acumularán en un sólo pago que deberá efectuarse a más tardar el treinta (30) de noviembre.
Concluimos ahora, el impuesto consignado en el ROP donde se aplicará el descuento del 8.5% de descuento, es fundamentalmente lo que el contribuyente paga en el banco, no paga todo el impuesto causado por la renta neta gravable, solo paga el impuesto causado o determinado, menos las tres cuotas de pagos a cuenta, canceladas durante el año 2019 y menos cualquier otro crédito adicional que el contribuyente tenga; en resumen: Impuesto a pagar en ROP = Impuesto determinado 2019 - Pagos a cuenta 2019 - Créditos adicionales
Por lo tanto el 8.5% de descuento no se ve reflejado visualmente en el ROP, ya que este documento no tiene ninguna casilla para descuentos, únicamente se anota el impuesto apagar, ya restado el descuento, posteriormente el SAR lo validará, ya sea en el sistema o cuando usted, genera y sube su declaración, es muy probable que ya lo tengan considerado, en el formulario.
Este sería nuestra contribución para la respuesta a esa pregunta constante de los contribuyentes que pueden beneficiarse del decreto.
No olviden que está disponible nuestra App gratis en Play Store, con una nueva versión que incluye de forma más específica el tema de este artículo, y muy pronto en App Store, que les puede ayudar a calcular algunas de los principales beneficios del decreto 33-2020. Como siempre, ¡Animándolos a continuar con el espíritu emprendedor que identifique a cada uno.
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